AJUSTES DEL REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL

Tal y como se establece en el nuevo Real Decreto Ley 20/2012, se han implantado una serie de medidas que modifican el régimen de Seguridad Social, en cuanto a recaudación de cuotas, prestación y subsidio de desempleo.

 

                             1º            RECARGOS POR INGRESOS FUERA DE PLAZO

 

Quedan eliminados los porcentajes de recargo establecidos en función del tiempo de mora transcurrida dentro de los tres primeros meses (art.27.1.1 LGSS), los cuales ascendían:

                                I.      Dentro del primer mes un 3%.

                             II.      Dentro del segundo mes un 5%.

                           III.      Dentro del tercer mes un 10%.

 

Dicho artículo, queda redactado de la siguiente forma, cuando los sujetos responsables del pago hubieran presentado los documentos de cotización dentro del plazo reglamentario, se les impondrá un recargo del 20% de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas tras el vencimiento de dicho plazo.

 

                             2º           LA CUANTIADELA PRESTACIONPORDESEMPLEO

 

La cuantía de la prestación por desempleo, se ve modificada en los porcentajes aplicables a la base reguladora durante el derecho a la misma, los primeros 180 días será del 70%, por lo que no se ve modificado, y a partir del 181 en adelante pasa del 60% al 50% de la base reguladora.

 

                              3º            BENEFICIARIOS DEL SUBSIDIO POR DESEMPLEO.

 

Se modifica el apartado 3 del artículo 215 de LGSS, es cual establecía que tenían derecho al subsidio por desempleo los trabajadores mayores de 52 años aun cuando tengan responsabilidades familiares, siempre que se encuentren dentro de los supuestos establecidos legalmente en dicho articulo, hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que , en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos , salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema dela SeguridadSocial.

Actualmente y después de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2012 de 13 julio, la edad de los trabajadores para poder acceder a dicha cobertura será de 55 años.